Dice la Real Academia Española que “blanqueo” es la “acción y efecto de blanquear”. Y pone dos ejemplos: el primero es blanqueo de las paredes; el segundo es blanqueo de dinero. Así de incorporado está el blanqueo de dinero a nuestras vidas: hasta la RAE lo tiene en la primera línea de definición.
Si el blanqueo de dinero está ahí, latente hasta cuando buscamos el término, es porque forma parte de la cotidianidad en países como el nuestro. Y el mío es Argentina.
El punto es que hace ya algunas semanas se anunció un nuevo blanqueo de capitales, y un tiempito más tarde, concretamente el 27 de diciembre pasado, el mismo apareció en el proyecto de Ley Ómnibus que el gobierno de Javier Milei envió al Congreso con el pomposo nombre “Ley de bases y puntos de partida para la libertad de los argentinos”.
Dado que dicha ley aún no se aprobó y que, cuando ello suceda, faltará la reglamentación que el Poder Ejecutivo y AFIP harán al respecto, existen al día de hoy algunas certezas, algunas dudas y, para mí, una confirmación: no hay casi nada nuevo bajo el sol.
Unos pasos hacia atrás
En 2016, Mauricio Macri permitió un blanqueo que desde lo recaudatorio fue un éxito, pero que está a la vista que no modificó en absoluto la cultura tributaria de Argentina. ¿Por qué digo esto? Porque de haber sido un éxito en todos los aspectos –y hablo del blanqueo, no del gobierno del líder del PRO– no estaríamos ahora hablando de un nuevo proceso de recuperación de capitales “perdidos” por el mundo, tan cercano en el tiempo al anterior.
En 2016, Mauricio Macri permitió un blanqueo que desde lo recaudatorio fue un éxito, pero que está a la vista que no modificó en absoluto la cultura tributaria de Argentina
El sinceramiento fiscal de Macri no provocó que el pagador de impuestos se amigara con el fisco. Todo lo contrario: poco después de llevarse adelante se filtraron datos de personas que entraron al blanqueo, un hecho imperdonable para cualquier gobierno, mucho más para uno considerado moderno, serio, republicano, no populista.
D.B. (Después del blanqueo) se multiplicó por diez la tasa máxima de Bienes Personales (desde 0,25% a 2,25%) y se creó el impuesto a la renta financiera. Es cierto: en el medio, de Macri a hoy, pasó otro gobierno. No todo es responsabilidad de cuatro años de Juntos por el Cambio. Lo que esa coalición no supo hacer es modificar el esquema tributario ni la cabeza de los argentinos, necesitados de un alivio fiscal, de una reforma tributaria que simplifique el régimen actual reduciendo no tanto la presión fiscal, sino el esfuerzo fiscal que hacen a diario los pagadores de impuestos argentinos.
A siete años de esa amnistía fiscal, Argentina se embarca en otra. ¿Por qué? Porque la anterior fue un fracaso.
¿Qué se puede esperar de este blanqueo, organizado por casi los mismos que el de 2016? Llevo muchos años diciendo prácticamente lo mismo: el blanqueo debe organizarse después de aprobada una reforma tributaria, y no antes. No sirve un blanqueo con fines de captación de divisas, sino como enseñanza, ejemplo de que esas divisas pueden estar “en casa” sin peligro ni perjuicio para sus propietarios. Haciendo referencia a una vieja publicidad de un antiinflamatorio: si el impuesto no se va, ¿el dinero vuelve?
El sinceramiento fiscal de Macri no provocó que el pagador de impuestos se amigara con el fisco. Todo lo contrario
Argentina, primero, debería eliminar impuestos al patrimonio y a las transacciones, simplificar el régimen tributario y desde ya contribuir a la reducción sustancial del esfuerzo fiscal que hacen a diario los pagadores de impuestos.
Lo digo en línea aparte para que quede claro: un sinceramiento fiscal sin reforma es un pedido de limosna a los contribuyentes. Es un favor. Un favor político. Pero hay más puntos a tener en cuenta:
Inseguridad jurídica. La gente no va a entrar a un blanqueo en un país que no ofrece seguridad jurídica, a menos que el gobierno de turno lo asuste. Sobre este punto: incluso estando de acuerdo en la mayoría de los puntos que toca el Decreto de Necesidad y Urgencia, no es bueno para la seguridad jurídica instrumentar políticas de Estado a través de DNU. Hoy lo puede hacer un presidente que nos gusta; mañana lo puede hacer otro que odiemos o temamos.
Certezas. No se puede lanzar un blanqueo al mercado sin conocer en detalle en qué consiste, sin saber todos los puntos del mismo. No es serio cambiar las reglas una vez que esté vigente. El proyecto actual tiene muchas aristas abiertas, muchos flancos por donde entrar que podrían ser modificados antes de aprobarse –en el caso de que se apruebe–. Hay que revisar eso.
Cobro. El Estado debería pagar a quienes blanqueen, no solamente cobrar una multa baja. Este pago se puede dar a través de exenciones de impuestos sobre el monto blanqueado, descuentos en el pago de impuestos en general o la emisión de un bono. De nuevo: no se debería pensar en la recaudación que el blanqueo permita sino en la recaudación que el blanqueo va a permitir a futuro.
Después del blanqueo se multiplicó por diez la tasa máxima de Bienes Personales (desde 0,25% a 2,25%) y se creó el impuesto a la renta financiera
Estructuración. Más allá de si se blanquea o no, lo realmente importante es estructurarse patrimonialmente. Esto implica, entre otras cosas, que es importante pensar cómo uno se para frente al Estado argentino desde el punto de vista de la estructura patrimonial y que no necesariamente debe liquidarse una sociedad, fundación o trust por haber ingresado al blanqueo. Sé que muchos asesores domésticos les van a decir que es “más fácil” tener todo a título personal, pero muchas veces una simple sociedad extranjera sirve para evitar el impuesto a la herencia vigente en los Estados Unidos, alcanzar un mayor nivel de privacidad, resolver cuestiones sucesorias de manera más eficiente y transformar en el primer escalón para armar en el futuro una estructura fiduciaria más compleja que resuelva más problemas o lleve más tranquilidad al propietario de los bienes.
Por último, preguntas que todo argentino que pague impuestos debe hacerse antes de decidir acogerse a un nuevo blanqueo:
1 – ¿Cambió Argentina en materia de seguridad jurídica, voracidad fiscal y privacidad?
2 – ¿Hubo algún cambio relevante en el contexto internacional recientemente, como ocurrió por ejemplo con la inminente puesta en marcha del Common Reporting Standard en 2017?
2 – ¿Necesito blanco para una inversión puntual o para vivir más tranquilo desde el punto de vista contable?
Por si les sirve: no, no cambió nada (punto 1); no, tampoco (punto 2); el tercer punto depende de cada uno, desde ya.
Pero tomada la decisión, se llega a la más relevante de todas las preguntas: cómo estructuro mi patrimonio una vez que decidí exteriorizarlo o no exteriorizarlo.