La Subsecretaría de Inspección General y Tránsito informa que se encuentra en vigencia la Ley de Alcohol Cero al Volante (Ley Nacional de Tránsito 24449 – Ley Provincial de Tránsito 13927)
Está prohibido conducir cualquier tipo de vehículo con motor a quien registre una alcoholemia superior a 0 miligramos por litro de sangre.
También aplica a quienes hayan consumido cualquier tipo de sustancia que disminuya la aptitud para manejar.
La iniciativa busca concientizar, educar, sensibilizar y generar un cambio cultural en el uso responsable de la vía pública para evitar accidentes de tránsito con la urgencia de salvar vidas. La ingesta de bebidas alcohólicas aumenta el riesgo y es factor recurrente en la producción de siniestros viales con desenlace fatal o lesiones graves.
La infracción de esta ley prevé sanciones de 3 a 18 meses de inhabilitación para conducir con retención de licencia, además del secuestro del vehículo y la multa correspondiente.
Redacción: Agustín Lima
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GNC Andrés – 3 de Noviembre 954